Agencia Pública de Empleo

ResultadosResultadosRevisiónHojasDeVidaFaseIIIConvocatoriaPlantaTemporal

Fecha de publicación:   Autor: Comunicaciones SENA

 

 

CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA PROVISIÓN DE EMPLEOS TEMPORALES DEL SENA - FASE III

RESULTADOS REVISIÓN HOJAS DE VIDA 

 

El SENA publica a continuación los resultados de la revisión de hojas de vida de los aspirantes a ocupar empleos de la planta temporal del SENA en la FASE III – Convocatoria Pública, con las siguientes aclaraciones:

a. Los candidatos están identificados únicamente con su número de cédula. Para ubicar su número puede utilizar la función Ctrl+F o Ctrl+B.

b. Las filas y columnas resaltadas que tienen el mismo color consecutivo identifican cada cargo.

c. En la Columna "# VACANTES A PROVEER" se repite en cada celda el número de vacantes del respectivo empleo temporal.

d. Los resultados se publican en orden de puntuación descendente con el siguiente orden para cada uno de los cargos:

(i)  Aspirantes con mayores puntajes que cumplieron requisitos en la revisión de hojas de vida.

(ii) Aspirantes con mayores puntajes que estando dentro del rango de revisión de hojas de vida de acuerdo con las reglas de la convocatoria, NO cumplieron requisitos.

(iii)  Aspirantes que NO quedaron dentro del rango de revisión de hojas de vida de acuerdo con las reglas de la convocatoria.

(iv) Aspirantes que no presentaron la prueba del programa al que aspira.

(v)  Aspirantes que no presentaron la prueba de conocimientos.

Nota: Las reclamaciones solo podrán presentarse por escrito a través del correo electrónico reclamacionesplantatemporal@sena.edu.co , el 11 de julio de 2017, desde las 8:00 a.m. hasta las 5:30 p.m., en las condiciones señaladas en la Convocatoria.


<< CONSULTE AQUÍ EL RESULTADO DE REVISIÓN DE HOJAS DE VIDA​ >>​​




Servicio Públic de Empleo

Vinculado a la red de prestadores del Servicio Público de Empleo. Autorizado por la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo según resolución No. 2661 de 2013 y modificada por la resolución No. 0475 de 2020.