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Beneficios de contratar poblaciones vulnerables

Fecha de publicación: 14/03/2021 Autor: Comunicaciones SENA
SENA

Vincular laboralmente a personas con discapacidad trae múltiples beneficios para las empresas.



Por qué contratar población vulnerable


1. Mejora en los niveles de productividad y rendimiento.
2. Reconocimiento de la empresa a nivel nacional e internacional. 
3. Menor cantidad de deserción y rotación de personal lo que  disminuye costo para las empresas. 
4. Mejoramiento del clima laboral. 
5. Reducción de costos por incentivos tributarios. 

 

BENEFICIOS DE CONTRATAR PERSONAS CON DISCAPACIDAD
 
                                                      
Tributarios y administrativos (ley 361 de 1997)

  • 50% de disminución en la cuota aprendices que está obligado a contratar el empleador.
  • 200% de deducción en la renta de salarios y prestaciones sociales pagados durante el último año gravable a los trabajadores con limitación.
  • Prioridad en procesos de contratación estatal por licitación pública, si mínimo el 10% de la nómina son empleados con discapacidad.
  • Prelación en el otorgamiento de créditos de organismos estatales, si se orientan al desarrollo de planes y programas en los que participen personas con limitación.
  • Beneficios arancelarios en las importaciones​ de maquinaría y equipos destinados a personas con limitación

Cuando una persona con discapacidad recibe la oportunidad de tener un trabajo digno, se convierte en un empleado con:

Productividad
Alto sentido de pertenencia y compromiso.
Determinación permanente de demostrar su talento.
Buenos índices de productividad.

Posicionamiento Empresarial
Mejoramiento de imagen.
Visibilidad de la labor social.

Cultura Organizacional​
Creación de ambientes laborales más productivos e inclusivos.
Fomento del reconocimiento y respeto de las diferencias

Beneficios de contratar mujeres víctimas de violencia

En el marco del Decreto 2733 de 2012 por medio del cual se reglamenta la LEY 1257 DE 2008, se cita lo siguiente:
 Artículo 23 . Los empleadores que ocup​en trabajadoras mujeres víctimas de violencia comprobada, y que estén obligados a presentar declaración de renta y complementarios, tienen derecho a deducir de la renta el 200% del valor de los salarios y prestaciones sociales pagados durante el año o período gravable, desde que exista la relación laboral, y hasta por un período de tres años. 





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