Agencia Pública de Empleo

ConvocatoriaPlantaTemporalSENA2017FaseIII

Fecha de publicación:   Autor: Comunicaciones SENA

 

 

​​​

​EL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA

De conformidad con lo establecido por el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 (adicionado por el artículo 6 del Decreto Ley 894 del 28 de mayo de 2017) y el artículo 2.2.5.3.5 del Decreto 1083 de 2015 “Único Reglamentario del Sector de la Función Pública” (en la parte modificada y adicionada por el Decreto 648 del 19 de abril de 2017), así como lo manifestado por la Corte Constitucional en la Sentencia C-288 de 2014,

​​​​​

CONVOCA:

A TODAS LAS PERSONAS interesadas en ocupar un empleo de la PLANTA TEMPORAL del SENA creada mediante el Decreto 553 del 30 de marzo de 2017 y que cumplan los requisitos para el respectivo cargo, a postularse a través de la Agencia Pública de Empleo del SENA, en los plazos y condiciones indicadas en este documento.

​​​Mediante esta Convocatoria el SENA busca proveer hasta 785 empleos de carácter temporal que están distribuidos en los Centros de Formación Profesional para la atención y ejecución de los programas: Agrosena, Sennova y Bilingüismo, así:


​​​​ ​ ​ ​DISTRIBUCIÓN DE CARGOS POR PROGRAMAS
​N° de CargosCódigo Cargo​Cargo​Programa ​​
​​​​ ​ 564 Instructores​​ ​

​170

​301012

Instructor grado 1 a 20

AgroSena​

​141

301012​

Instructor grado 1 a 20

Bilingüismo​

​253

301012​

Instructor grado 1 a 20

Sennova​​

​​​​ ​ ​ ​221 Profesionales
​116
​202015​​Profesional grado 15Bilingüismo
​34​2020015​Profesional grado 15Sennova
​9​202017​Profesional grado 17AgroSena
​14​202017​Profesional grado 17Sennova
​16202018​​Profesional grado 18AgroSena
​5202018​​Profesional grado 18Sennova
​8202019​​Profesional grado 19AgroSena
11202019​​Profesional grado 19Sennova
​4202020​​Profesional grado 20AgroSena
4202020​​Profesional grado 20Sennova

 ​​​​​​​​​​TOTAL CARGOS TEMPORALES:  785

​IDENTIFICACIÓN DE  LOS  EMPLEOS TEMPORALES A PROVEER 

Los perfiles de cada uno de los setecientos ochenta y cinco (785) cargos temporales a proveer se encuentran en el anexo de esta convocatoria ​(VER​) ​​


DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES Y CONCIMIENTOS BASICOS

La descripción de las funciones esenciales y los conocimientos básicos de los empleos temporales por nivel y grado se encuentra en el Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales de los Empleos Temporales del SENA (VER​​) ​

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CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA 

CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA

Actividad​Observación​Fec​ha

1. Divulgación de la Convocatoria​​: Publicación en  las páginas:  ​

http://apetest.sena.edu.co/​

http://www.sena.edu.co/

https://nube.sena.edu.co/​ 

La publicación se hará en​​​​​:

Portal de Agencia Pública de Empleo

Portal del SENA.

Nube SENA​

1 de junio de 2017 ​​

2. Postulaciones :

La postulación solo puede hacerse a través de la Agencia Pública de Empleo del SENA – APE.​

Las personas interesadas que cumplan los requisitos del respectivo empleo temporal y que deseen postularse deben:

Registrar su hoja de vida con todos los soportes que acrediten el cumplimiento de los requisitos para el respectivo empleo, en el aplicativo de la Agencia Pública de Empleo del SENA.

Quien ya tenga registrada la hoja de vida en el aplicativo de la Agencia Pública de Empleo del SENA - APE, debe actualizar la información conforme a los requerimientos del empleo que desea postularse y debe realizar el cargue de los documentos relacionados con Educación, Capacitación (Certificaciones) y Experiencia laboral, la cual posteriormente deberá ser verificada (soportada) por parte de un funcionario de la Agencia Pública de Empleo del SENA – APE, ya que únicamente se tendrá en cuenta para la revisión de hoja de vida aquellos documentos que reposen en el aplicativo de la Agencia Pública de Empleo del SENA – APE.

Si al revisar los documentos el interesado encuentra que cumple los requisitos para un empleo, podrá dirigirse a uno de los puntos de atención de la Agencia Pública de Empleo para verificar los documentos registrados en el aplicativo y realizar su postulación. (Haga click aquí para ver puntos de atención APE). 

En el momento de la postulación el interesado debe marcar la opción de autorización para recibir notificaciones a través del correo electrónico registrado en el aplicativo de la APE.

Los aspirantes solo pueden postularse a uno de los empleos temporales de esta convocatoria para el que cumpla requisitos. Quien se postule a más de un cargo, solo se le tendrá en cuenta la primera postulación.​

Para esta Convocatoria Pública solo se tendrán en cuenta las postulaciones que se realicen en la Agencia Pública de Empleo del SENA entre el 2 y el 7 de Junio de 2017.​

NOTA: Los interesados en postularse a un empleo temporal ubicado en la Regional San Andres, deben tener en cuenta que para laborar en ese Departamento se requiere como requisito que la persona tenga la tarjeta de circulación y residencia OCCRE, en cumplimiento del Decreto 2762 de 1991.

Lugar de postulación: 

A través del aplicativo de la Agencia Pública de Empleo del SENA. Si requiere orientación o apoyo para realizar la postulación podrá acercarse a los puntos de atención de la Agencia Pública de Empleo del SENA (APE).       


Nota: Los aspira ntes que no realicen la postulación a través del aplicativo de la Agencia Pública de Empleo o en la oficina de la Agencia Pública de Empleo no continuarán en el proceso. 


La APE verificará los soportes de los documentos requeridos en el perfil; si el aspirante los presenta incompletos no se podrá realizar la postulación.

Del 2 al 7 de junio de 2017, en horario de atención al público.


NOTA: Mediante modificación del 7 de junio de 2017 el SENA amplió el plazo para postulaciones hasta el 8 de junio de 2017 (Vea aquí la modificación​).​

3. Publicación citación a prueba de conocimiento.​​​​

La Secretaría General del SENA consolidará y elaborará el listado de candidatos citados a prueba de conocimiento que se postularon en la Agencia Pública de Empleo del SENA y de quienes no continúan en el Proceso.

La publicación se hará en​​​​:

Portal de Agencia Pública de Empleo

Portal del SENA.

Nube SENA​

14 de junio de 2017

4. Prueba de Conocimientos:​

Tendrá carácter clasificatorio.

La prueba constará de los siguientes componentes: 

Conocimientos técnicos específicos, de acuerdo con cada uno de los programas: Sennova, Bilingüismo y Agrosena.

Conocimientos generales del SENA y del sector público nacional.

Conocimiento sobre competencias comportamentales.

La prueba sólo podrá presentarse en el lugar, fecha y hora indicada en la publicación. 

​Reserva de las pruebas: Las pruebas y protocolos utilizados en esta etapa tienen carácter reservado antes y después de su aplicación.

No se aceptarán cambios en el lugar y la hora de presentación de la prueba por petición de los aspirantes. 

18 de junio de 2017, en el lugar y hora señalada en la publicación.

5. Resultad​​​​​o prueba de conocimientos

La publicación se hará en​​​​

Portal de Agencia Pública de Empleo

Portal del SENA.

Nube SENA

22 de junio de 2017

6. Revisión hojas de vida de los aspirantes que obtuvieron los tres (3) primeros puntajes en la prueba escrita por empleo:

Mediante esta revisión de hojas de vida el SENA verificará que cada una de las personas que obtuvieron los tres (3) primeros puntajes en la prueba escrita de conocimientos cumple con los requisitos para ocupar el empleo temporal al cual aspira, por lo cual no se otorga puntaje y se definirá como CUMPLE o NO CUMPLE.

En caso de que uno de los aspirantes con los 3 primeros puntajes en la prueba escrita no cumpla los requisitos para el respectivo empleo temporal, será remplazado por quien tenga el puntaje inmediata inferior en esa prueba, y así sucesivamente. 

​En caso de que haya empate en el puntaje de la prueba escrita para la definición de los tres (3) primeros lugares de una vacante de empleo temporal, el SENA aplicará los siguientes criterios de desempate al revisar las respectivas hojas de vida:

(i) Experiencia relacionada con las funciones del cargo temporal a proveer, ordenándolos de mayor a menor.

(ii) Si persiste empate, se tendrá en cuenta la educación formal relacionada con las funciones del empleo temporal a proveer, ordenándolos de mayor a menor.


La revisión de hojas de vida será realizada por el Grupo Administrativo del respectivo Centro donde esté la vacante temporal a proveer (Mixto, Intercentro o Centro).


Solo se tendrán en cuenta los documentos presentados al postularse en la APE. Los enviados o radicados por medios distintos no serán objeto de análisis.

Del 22 al 27 de junio de 2017.

7. Envío de resultados a la Dirección General y consolidación de la información:

Los Grupos de Apoyo Administrativo (Mixtos, Intercentros o de Centro) remitirán al Grupo de Relaciones Laborales de la Dirección General los resultados obtenidos en la revisión de hojas de vida para cada cargo temporal a proveer.



Del 22 al 27 de junio de 2017.
8. Publicación de resultados:

La Secretaría General publicará el listado de candidatos que obtuvieron los tres (3) mayores puntajes en cada cargo temporal y cumplen con los requisitos para el respectivo empleo.
La publicación se hará en la  Página de la Agencia Pública de Empleo, en la nube SENA, y en el Portal SENA. 29 de junio de 2017.

9. Reclamaciones:

Las reclamaciones solo podrán presentarse por escrito, dentro del plazo y hora indicadas, a través del correo electrónico.

reclamacionesplantatemporal@sena.edu.co 

No se tendrán en cuenta reclamaciones presentadas extemporáneamente o a través de otro medio o enviados a otro correo electrónico; serán rechazadas de plano.

Las reclamaciones sólo podrán ser interpuestas por cada uno de los aspirantes respecto a su participación en la Convocatoria, no se remitirán datos personales de ningún aspirante a ninguna persona.

Cada postulado solamente podrá presentar una reclamación y no habrá reclamación contra la respuesta a la reclamación. Una vez respondida la reclamación por el SENA se consolida la información para la publicación de resultados. Las reclamaciones o contraargumentaciones sobre la respuesta del SENA a las reclamaciones serán rechazadas de plano.

​En esta etapa de reclamaciones no se podrán incluir o aportar documentos nuevos, no presentados al momento de la postulación.

Presentación de Reclamaciones:​​​​

De las 8:00 a.m. hasta las 5:30 p.m. del 30 de junio de 2017

Respuesta a Reclamaciones:

Las respuestas se darán desde el mismo correo electrónico del SENA, dirigido al correo electrónico registrado en el aplicativo de la Agencia Pública de Empleo.

 Del 30 de junio al 7 de julio de 2017 

8. Publicación listados definitivos: 

La Secretaría General publicará los resultados definitivos en orden descendente, por cada vacante de empleo temporal a proveer, identificando a los tres (3) primeros puntajes. Será nombrado en el empleo temporal quien haya obtenido el mayor puntaje y cumpla los requisitos.

Los listados de hasta tres (3) personas por cada vacante temporal podrán ser utilizados por el SENA en estricto orden descendente de puntuación, para proveer empleos temporales del mismo programa, perfil, nivel y grado salarial, que hayan quedado sin lista de mérito en esta tercera etapa.

También podrán ser utilizadas para proveer las vacantes que se vayan generando en la planta temporal en el término de su duración o máximo hasta (2) años, previo agotamiento de las etapas 1 y 2 del artículo 2.2.5.3.5 del Decreto 1083 de 2015, en la parte modificada y adicionada por el Decreto 648 de 2017, salvo que el SENA decida realizar una convocatoria pública específica para la(s) vacante(s) temporal(es).

La publicación se hará en​​​​​:​

Portal de Agencia Pública de Empleo

Portal del SENA.

Nube SENA

7 de julio de 2017

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REGLAS ADICIONALES PARA LA PROVISIÓN DE EMPLEOS TEMPORALES MEDIANTE ESTA CONVOCATORIA:

​​Carácter de la convocatoria. El texto de la presente convocatoria se constituye en las reglas para el seguimiento del proceso de selección convocado, las cuales serán de carácter obligatorio para los aspirantes y para la Entidad. Los aspirantes manifiestan su aceptación de las mismas con el hecho de postularse. Las modificaciones a estas condiciones serán debidamente publicadas en las páginas web nube SENA, Portal SENA y APE.

La provisión de cada empleo temporal del SENA está sujeta a la(s) siguiente(s) condición(es) normativa (s):

(i) Que el empleo temporal esté vigente.

​(ii) Que el SENA cuente con la disponibilidad presupuestal para cubrir el pago de salarios y prestaciones sociales del respectivo empleo temporal.

Por disposición del artículo 21 de la Ley 909 de 2004, en la parte adicionada por el artículo 6 del Decreto Ley 894 del 28 de mayo de 2017:

• El nombramiento en los empleos temporales se efectuará mediante acto administrativo en el que se indicará el término de su duración, al vencimiento del cual quien lo ocupe quedará retirado del servicio automáticamente. 

• ​Antes de cumplirse el término de duración del nombramiento provisional el nominador podrá declarar la insubsistencia del nombramiento mediante acto administrativo motivado, cuando el nombrado no cumpla las metas del proyecto o actividades que dieron lugar a la creación de los mismos, de acuerdo con la evaluación que se establezca para el efecto.

• El nominador podrá dar por terminado el nombramiento en el empleo temporal cuando la entidad no cuente con las disponibilidades y apropiaciones para financiar el empleo, como consecuencia de los ajustes a los montos aprobados para su financiación.

• De igual manera, el retiro del servicio de los empleados temporales se podrá efectuar por las causales consagradas en los literales d), h), i), j), k), m) y n) del artículo 41 de  la Ley 909 de 2004.

 Esta convocatoria no genera en n​​ingún caso derechos de carrera administrativa.

​​Los servidores públicos y contratistas del SENA que participen en la gestión u operación de esta Convocatoria Pública no podrán postularse a empleos temporales; por ende, deben expresar su interés desde el inicio para que sean apartados de este proceso. 


​​MOTIVOS DE INADMISIÓN O EXCLUSIÓN A ESTA CONVOCATORIA:

1. No haber realizado la postulación a un empleo temporal a través del aplicativo de la Agencia Pública de Empleo del SENA en las fechas señaladas para el efecto en esta Convocatoria.

2. No acreditar los requisitos mínimos requeridos para el ejercicio del cargo.

3. No presentar la(s) certificación(es) específica(s) para el respectivo cargo temporal de AGROSENA, SENNOVA o BILINGÜISMO. 

4. Enviar o radicar los documentos por medios distintos a los señalados en ésta convocatoria.

5. No indicar la ubicación del cargo temporal al que está interesado en participar

6. Presentar documentación o información falsa, adulterada o que no corresponda a la realidad.

ASPECTOS A TENER EN CUENTA:​

El empleo temporal ofertado se proveerá en la ciudad que se informe en la convocatoria y no será objeto de reubicación. 

Los interesados en ocupar empleos temporales podrán postularse para un solo empleo temporal. Quien se postule para más de uno, se le tendrá en cuenta sólo la primera postulación.


DOCUMENTOS:

​​​​Todos los documentos que deseen hacer valer los interesados, deben ser aportados al momento de la postulación en la Agencia Pública de Empleo del SENA, y deben cumplir los siguientes requisitos mínimos:

1. Certificaciones laborales: Las certificaciones laborales deben ser verificables y especificar los siguientes datos:

​​​Razón social y Nit de la Entidad donde se haya laborado.

Dirección y teléfono del empleador (el teléfono y dirección deben ser verificables).

​​​​​Fechas de vinculación y desvinculación (indispensable para establecer el tiempo de experiencia).

​​Relación de las funciones desempeñadas en cada cargo ocupado (indispensable para determinar si es relacionada. NOTA: Certificados laborales sin funciones no serán tenidos en cuenta).

​​​​Nivel Ocupacional del cargo (Directivo, Asesor, Profesional, Técnico, Asistencial).

​​​Periodo de desempeño en cada cargo (si trabajo en la misma Entidad o empresa en más de un cargo se deberá informar el tiempo de permanencia en cada cargo).

​​​Jornada laboral (horario de trabajo); si es trabajo docente debe especificar las horas impartidas.

​​​Firma del funcionario competente para su​ expedición (representante legal o jefe de personal).

​​La experiencia desarrollada media​nte contrato de prestación de servicios debe ser soportada a través de certificación (no se tendrá en cuenta minutas de contratos sin que exista certificación o liquidación). Las certificaciones contractuales deben ser verificables y especificar los siguientes datos: (1) Razón social y Nit del contratante. (2) Objeto contractual. (3) Obligaciones del contratista. (4) Plazo del contrato y periodo de ejecución. (5) Dirección y teléfono del contratante. 

2. Títulos:

​​​​Títulos profesionales de pregrado o postgrado (especialización, maestría y doctorado) expedidos en Colombia por instituciones educativas acreditadas ante el Gobierno Nacional.

​​​Títulos profesionales de pregrado o postgrado (especialización, maestría y doctorado) expedidos en el exterior: se aplicará lo dispuesto por el artículo 2.2.2.3.4 del Decreto 1083 de 2015.

​​​Tarjeta profesional en los casos requerido​​s por la Ley

Títulos de formación para el trabajo y el desarrollo humano que especifiquen la intensidad horaria. 

3. Capacitación 

Se acreditarán mediante certificados expedidos por las autoridades competentes de los establecimientos legalmente constituidos y deben contener mínimo los siguientes datos:

a. Nombre o razón social de la entidad

b. Nombre y contenido del curso

c. Intensidad horaria

​d. Fecha de realización (Solo se tendrán en cuenta certificados expedidos a partir del año 2006)​


​Nota: Las certificaciones solicitadas para los cargos temporales de AGROSENA o BILINGÜISMO son las que se indican en el Anexo de esta convocatoria (VER​)

            

SIN EXCEPCIÓN, los documentos que se presenten al momento de la postulación deberán ser claros, legibles para facilitar su lectura y verificación y deben estar foliados. 

NOTA: Todas las certificaciones aportadas deben encontrarse sin enmendaduras; las de capacitación que no indiquen la intensidad horaria no serán tenidas en cuenta.​

Listados: Los errores de transcripción en los listados que se publiquen no invalidan la Convocatoria y serán corregidos mediante la publicación de nuevos listados. 
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Mediante esta convocatoria se invita a la veeduría ciudadana a participar en el proceso. 
En caso de detectar eventual falsedad en la documentación aportada, se dará curso a las autoridades competentes. 
El presente proceso de selección no conlleva derechos de carrera administrativa, ni implica cambio de la naturaleza jurídica de los empleos temporales a proveer.
Esta Convocatoria se rige por las normas especiales que regulan la provisión de empleos temporales indicadas en la parte inicial de este documento.​

Instructivo de la Convocatoria​ (VER​)

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Servicio Públic de Empleo

Vinculado a la red de prestadores del Servicio Público de Empleo. Autorizado por la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo según resolución No. 2661 de 2013 y modificada por la resolución No. 0475 de 2020.